Asesoramiento de TRIUM ABOGADOS SLP en Derecho Mercantil
En materia de Derecho Mercantil, en TRIUM ABOGADOS SLP, asesoramos a nuestros clientes en las siguientes materias:
Asesoramiento de TRIUM ABOGADOS SLP en Derecho Mercantil
En materia de Derecho Mercantil, en TRIUM ABOGADOS SLP, asesoramos a nuestros clientes en las siguientes materias:
Transmisiones Onerosas
Bienes Muebles
Cesiones de Derechos
Adjudicaciones
Arrendamientos
Contratos de Servicios
Profesionales y Artísticos
Inmobiliarios
Agencia
Publicidad y Promoción
Garantía Prestamos y Financieros
Contratos Asociativos
Comunidad de Bienes
Asociaciones y Sindicatos
Defendemos las operaciones comerciales de nuestros clientes
En TRIUM ABOGADOS SLP nuestra principal preocupación ha sido siempre la defensa de los intereses de nuestros clientes, especialmente adoptando todas las medidas necesarias para garantizar el éxito de sus operaciones comerciales.
Cualquier relación comercial o contractual entre empresas o entre particulares se basa, inicialmente, en la buena voluntad de las partes y en la mutua confianza. Ambas suelen ofrecerse recíprocamente sus productos y servicios garantizando la máxima calidad y eficacia, y también las plenas garantías de pago.
A pesar de los mejores deseos, a menudo sucede que la relación que en principio iba a resultar un éxito acaba por convertirse en un rotundo fracaso. Surgen todo tipo de problemas y, lo que es peor, comienza un peregrinar por las instancias judiciales después de las numerosas reclamaciones previas al margen de los tribunales.
Es en ese momento cuando una de las partes se da cuenta de que está frente a un moroso. Expresiones como «no me paga», «no consigo localizar su domicilio», «se ha ido a otra ciudad», «no se pone al teléfono», «no se ha presentado al juicio», son harto frecuentes entre quienes se dedican a la contratación con terceros. En este tipo de situaciones las posibilidades de saldar una deuda son ciertamente escasas.
No hay que olvidar que existen auténticos especialistas en dejar deudas pendientes, en quedarse con lo ajeno sin utilizar medidas de fuerza, y nunca se presentan ante su víctima como sujetos dignos de sospecha. Cuando no cunde el desánimo, el ciudadano impagado adopta la postura más valiente, es decir, ponerse en manos de un abogado para presentar la oportuna demanda judicial, reclamando la deuda y solicitando que todos los gastos ocasionados por el juicio corran por cuenta del deudor.
En el mejor de los casos se gana el pleito, pero ¿cómo cobrar la cantidad adeudada? El acreedor se puede encontrar con una sentencia ganada, pero si el deudor no tiene dinero, no tiene inmuebles a su nombre y sus cuentas bancarias están a cero, es imposible cobrar. Desde la experiencia de TRIUM ABOGADOS SLP, les podemos asegurar que dicha situación no es una casualidad, ya que los morosos ‘profesionales’ saben cómo ampararse en la legalidad para desarrollar su labor corriendo el menor riesgo posible.
En España no existe la llamada ‘prisión por deudas’, por lo que un moroso únicamente puede ingresar en prisión si la causa de sus impagos obedece a delitos tipificados. En la mayoría de los casos resulta imposible demostrar que el deudor ha incurrido en alguna actividad delictiva, y en todo caso, el hecho de que se le condene penalmente no garantiza que la deuda vaya a ser cobrada.
Blindamos a nuestros clientes contra el fraude
Cautela es el concepto clave para no verse sorprendido por un moroso, o mejor dicho, para ponérselo algo más difícil. Ya que nada puede garantizar no caer en sus redes, sería aconsejable adoptar ciertas medidas de investigación previas a la contratación. Algunas de ellas son:
a) Por medio de nuestra investigación de solvencia y potencial siniestralidad judicial, podemos elaborar listados de los posibles pleitos que la persona o la empresa con la que vamos a contratar haya podido tener con otros particulares o sociedades, o de los que estén pendientes de tramitación. A través de esta información no podrá tener la certeza absoluta de su solvencia económica, pero le permitirá conocer su situación ante los tribunales y el potencial riesgo.
b) En el Registro de la Propiedad puede obtener la información necesaria sobre los bienes inmuebles que el contratante tenga a su nombre, es decir, se puede saber si tiene pisos o fincas de su propiedad, objeto de embargo en caso de impago. La forma de solicitar la información en el Registro de la Propiedad es bastante sencilla: basta con rellenar una pequeña instancia con los datos registrales, si se conocen, o con el nombre y el DNI. de la persona objeto de investigación.
c) Acudir al Registro Mercantil en el caso de que la persona con la que contratemos no sea física, sino jurídica, es decir, en el supuesto de que contratemos con una empresa, ya sea sociedad anónima, limitada, comanditaria o colectiva. La información del Registro Mercantil es muy variada.
El Registro Mercantil, proporciona datos de capital importancia, desde el nombre de los consejeros de las sociedades o los cambios y nombramientos de cargos, hasta las cuentas anuales de la sociedad, el domicilio social, las posibles ampliaciones de capital o suspensiones de pagos. Toda esta información es determinante para tener la seguridad de que se contrata con una empresa solvente.
d) Cuando se contrate con una sociedad mercantil, hay que asegurarse antes de que la persona que representa a dicha sociedad tiene poderes suficientes para establecer esa relación contractual. Es imprescindible solicitar dicho poder y examinarlo para asegurarse de que el representante firma verdaderamente en nombre de la sociedad o no.
e) Entre empresas que se suministran mercancías, es recomendable asegurarse de que las notas de pedido, albaranes y facturas reúnen todos los requisitos formales. Este tipo de documentos debe estar sellado y firmado por la empresa receptora de la mercancía.
f) Cuando se emiten letras de cambio, cheques y pagarés hay que ser rigurosos en sus requisitos formales y, en caso de que existan dudas, conviene hacer las correspondientes reclamaciones en el plazo establecido.
g) El aval bancario es una buena fórmula para asegurarse el cobro. Es difícil que un banco conceda un aval a un moroso pertinaz. Pidiendo un aval bancario al contratante sobre el que tenemos dudas, es posible averiguar los límites de su capacidad de pago.
La importancia de contar con TRIUM ABOGADOS SLP
Si, llegado el momento del cobro, éste no se produce, TRIUM ABOGADOS SLP, requerirá al deudor, ya sea a través de un notario o por medio de burofax, de modo que no quede lugar a duda sobre dicho requerimiento. Es importante saber que la carta certificada, a diferencia del burofax, es un medio de prueba débil ante los tribunales, ya que jurídicamente se entiende que el certificado sólo prueba el envío de la carta, pero no su contenido. De ahí que nosotros utilicemos el burofax como medio idóneo para requerir al deudor y dejar constancia efectiva del contenido exacto de tal requerimiento, puesto que con un requerimiento eficaz es posible evitar la prescripción de la deuda, conseguir el cobro de intereses y tener una prueba en el caso de que se llegue a los tribunales.
Cuando la firma de un contrato, del tipo que sea, lleve aparejado un pago de importancia, se debe acudir a los fedatarios públicos, es decir, notarios y corredores de comercio. Las escrituras en las que conste la deuda facilitarán su cobro de forma más ventajosa para el acreedor que el simple papel o documento privado, ya que tienen carácter de documento público, y por tanto, su eficacia en juicio es mucho más relevante.
El asesoramiento de los abogados es fundamental. Pedir su ayuda antes de firmar el contrato o de comprometerse con un tercero es importante para evitar problemas posteriores. En TRIUM ABOGADOS SLP, les informaremos sobre la forma de asegurar el cobro y situarán al contratante en la posición más ventajosa posible ante un futuro pleito por impago. Es más recomendable solicitar nuestro asesoramiento antes de firmar un contrato que cuando ya está casi todo perdido.
En TRIUM ABOGADOS SLP, asesoramos a nuestros clientes en la redacción y negociación de contratos entre empresas y particulares, para la adquisición o venta de participaciones sociales o fusiones entre empresas, a fin de hacer lo más seguro posible el riesgo empresarial de nuestros clientes. Igualmente, la compra, el arrendamiento de empresas, negocios, inmuebles o la permuta inmobiliaria. Por ello, realizamos en interés de nuestros clientes, la necesaria AUDITORIA LEGAL DE EMPRESAS (DIU Diligencie), esencial para la compra segura y sin riesgo de empresas o negocios.
Solicita una consulta de mercantil
Si quieres realizar una consulta sobre un caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Cuéntanos tu caso y uno de nuestros expertos te ofrecerá asesoramiento personalizado